EVALUACIÓN E IMPACTO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR.


Respecto a la evaluación de la Política Nacional de Convivencia Escolar, años 2015-2018, no se ha presentado un documento que exponga la evaluación de la política. Pero a pesar de esto existen otros documentos que hablan del impacto que ha generado a nivel educacional esta Política de Convivencia.
La Convivencia Escolar se presenta como un elemento clave para el logro de la calidad en educación.
Al ser un proceso de aprendizaje, necesita de normas que regulen y orienten las formas de actuar de la comunidad educativa. Estas se presentan en el Reglamento de Convivencia de cada establecimiento escolar, cuyo objetivo es beneficiar formas respetuosas de convivir entre todas las personas de la comunidad educativa.

Antiguamente los reglamentos de convivencia tenían el nombre de reglamentos de disciplina. Este cambio fue producto de la aparición en el año 2002 de la Política de Convivencia, lo cual se transformó en una resignificación del concepto mismo de disciplina, pasando desde un perspectiva en que las relaciones interpersonales se reglamentaban a través de conductas cercanas a un adiestramiento a la norma, a otra perspectiva apegada a una ética del cuidado y la responsabilidad.
Junto a la nueva Reforma Educacional y la Ley de Inclusión, se planteó en marzo del 2016 el requerimiento hacia cada establecimiento de revisar su Reglamento de Convivencia para analizar si su sentido y contenido coinciden con las nuevas orientaciones de estos dos cuerpos legales.
Estas exigencias se transforman en desafíos que la Ley le plantea a los establecimientos educacionales sobre cómo asumir y expresar a través de normas el sentido de la inclusión, el respeto hacia todos los miembros de la comunidad educativa, el rechazo a todo tipo de discriminación y la aplicación de criterios pedagógicos y formativos frente a las sanciones establecidas, etc.


¿DE QUÉ HABLAMOS CUANDO HABLAMOS DE CONVIVENCIA Y DE UNA POLÍTICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR?
La Política Nacional de Convivencia Escolar le entrega al sistema escolar un marco conceptual y estratégico que guía, dentro de los establecimientos educacionales, el desarrollo de acciones que permite aprender en comunidad y a construir acuerdos sobre cómo se desea vivir en ella.
La buena convivencia es intencionada por lo que se deben promover buenas experiencias de convivencia mediante una política focalizada a generar condiciones favorables para un entendimiento bueno, la conversación y superación de los conflictos.
¿DESDE CUÁNDO EL MINISTERIO HA DISEÑADO POLÍTICAS DE CONVIVENCIA? ¿EN QUÉ CONTEXTO SE DAN ESTAS ORIENTACIONES?
Antes de los años 90, la Convivencia Escolar no era un tema importante para las políticas educacionales.
Desde los 90, se forman los “Programas Formativos Complementarios” que pretenden tratar los desafíos de la Reforma Educativa y de la reconstrucción de la democracia.
El desarrollo de la reconstrucción democrática significo para el sistema escolar nuevas tareas relacionadas a la convivencia y a la formación ciudadana, donde los derechos humanos, la participación social, la convivencia en la diversidad, las preocupaciones por el deterioro ambiental y otros temas, pasaron a estar dentro de las temáticas enseñadas por el currículo.
En el año 2002, el Ministerio de Educación presento la primera versión de la Política de Convivencia Escolar, la que en el año 2003 se pone a disposición de todo el sistema.
El año 2004 se aprobó el Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Gestión Escolar (SACGE), y por primera vez la Convivencia Escolar se presenta como un tema relevante de la gestión de la calidad. Esto es un antecedente de lo que la Ley 20.529 sobre el Sistema de Aseguramiento de la Calidad decreta el 2011, donde la Convivencia se transforma en un área de la calidad del sistema educativo. Más tarde en el año 2008 se abre el Portal www.convivenciaescolar.cl
Con la Ley sobre Violencia Escolar (2011) se actualiza la Política de Convivencia para responder a nuevas demandas que se le presentaban a las escuelas y liceos, como la exigencia de tener un encargado de convivencia, de tener protocolos y medidas pedagógicas para afrontar hechos de violencia, la definición del rol del Consejo Escolar, etc.
Con la aprobación de la Ley SAC (2011) y con el funcionamiento de la Superintendencia de Educación y de la Agencia de la Calidad de la Educación (2012) se presentan cambios para ayudar a las escuelas a enfrentar las exigencias de control y fiscalización sobre el funcionamiento de los dispositivos creados para ayudar a la mejora de la Convivencia Escolar.
Con la nueva reforma surgen nuevas demandas a la Política de Convivencia Escolar con el objetivo de:
1)      Beneficiar la construcción de comunidades educativas inclusivas, sin ningún tipo de discriminación
2)      Comprender la calidad educativa de una manera más integral que perciba el área de la Convivencia Escolar como elemento fundamental de la política de mejoramiento educativo
3)      Desarrollar una visión de la convivencia desde una perspectiva o enfoque territorial: es decir, reconociendo las diferencias de cada comunidad que le da sentido e identidad a la Política Nacional de Convivencia, entre otros
¿QUÉ SON LOS REGLAMENTOS DE CONVIVENCIA? ¿EN QUÉ CONTEXTO SE DAN ESTAS ORIENTACIONES?
El Reglamento de Convivencia, que es parte de los Reglamentos internos de los establecimientos educacionales, es una herramienta que guía y regula las formas de actuar de los miembros de una comunidad educativa. Todas las escuelas y liceos están obligados legalmente a tener un Reglamento Interno (Ley General de Educación, Art. 46).  Los Reglamentos de Convivencia construyen los marcos de Convivencia necesarios para que toda la comunidad educativa se desarrolle con fluidez y sin poner en peligro los climas institucionales que aseguran una buena Convivencia Escolar.
El objetivo final de los Reglamentos de Convivencia es beneficiar el aprendizaje de maneras respetuosas de convivir entre personas con diversas formas de ser y pensar; o beneficiar la construcción de relaciones que reflejen una cultura democrática e inclusiva y el surgimiento de climas aptos para el aprendizaje y la participación de todos/as. Para lograr un alto grado de cohesión interna los establecimientos deben contar con marcos de actuación acordes a su realidad que regulen las maneras de relacionarse, apoyarse y solucionar sus conflictos.
Los Reglamentos de Convivencia deben tener reglas de convivencia, políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación, tipificación de faltas y sanciones, todo esto con la finalidad de colaborar con la generación de buenos climas de convivencia y de aprender a vivir en comunidad. Los establecimientos educativos deben crear instancias y darse los tiempos para afrontar los conflictos acorde a principios formativos y transformarlos en oportunidades para aprender y vivir con personas que son distintas y que piensan distinto.
Los Reglamentos deben ajustarse con los principios de la Reforma, acomodarse a los requerimientos de la nueva Ley de Inclusión contra todo tipo de discriminación y están sintonizado con los valores transmite el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y los Proyecto de Mejoramiento Escolar (PME).
¿POR QUÉ ES NECESARIO REVISAR LOS REGLAMENTOS DE CONVIVENCIA ESCOAR?
Desde la primera versión, la Política Nacional de Convivencia Escolar ha estado conectada con los principios de la Reforma Educacional. Cuando hoy la Reforma cambia hacia la construcción de un sistema educacional inclusivo y de calidad en todas sus áreas, es necesario que también la Política de Convivencia cambie y se adapte con estas nuevas metas, y específicamente con las dimensiones de educación como derecho social y de inclusión.
La Ley de Inclusión posee disposiciones que hace necesaria la revisión de los Reglamentos de Convivencia, lo cual se traduce en una instancia para:
1.       Repensar el concepto y alcance de lo que implica la Convivencia Escolar; por ejemplo, pasar de percibir la Convivencia como un elemento estático, a otra perspectiva donde la Convivencia se construye cada día, focalizando el interés más en los procesos que en los resultados finales.
2.       Asegurar que la Convivencia se intencione, se planifique, se proyecte y evalúe.
3.       Legitimar los reglamentos de Convivencia a través del diálogo y la participación de todos los agentes de la comunidad educativa en su elaboración y aprobación.
¿CON QUÉ ENFOQUES SE DEBIERAN REVISAR LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR?
ENFOQUE DE DERECHO
Las normas o reglas deben ser coherentes con las convenciones internacionales que Chile ha firmado (Carta de los DDHH y la Convención de los Derechos del Niño) y con la legislación interna (la Constitución Política y leyes de la Reforma Educacional)
Las normas desde este enfoque de derecho deben implementarse de manera clara y justa y respetuosa a la dignidad de las personas. Si es necesario establecer alguna sanción, esta debe ser proporcional a la falta, de acuerdo a la edad y al rol que desempeña quien la comete.
ENFOQUE FORMATIVO
Se enseña y se aprende la convivencia con los otros a través de la reflexión sobre la experiencia de relacionarse con los demás, respetándoles su forma de ser y pensar. Para que los Reglamentos de Convivencia se puedan transformar en herramientas de formación, además de tipificar las faltas y sus sanciones, deben contener medidas pedagógicas para que se puedan transformar en momentos de aprendizaje.
La tipificación de falta y sanciones se debe construir teniendo en cuenta las etapas de desarrollo de la conciencia y autonomía de los estudiantes.
Las normas deben implementarse con flexibilidad y de acuerdo con la personalidad y vivencia de cada persona.
ENFOQUE INCLUSIVO
Se debe intentar eliminar en los Reglamentos de Convivencia todas las formas de discriminación que obstaculicen el aprendizaje y la participación de los estudiantes, resguardando que los establecimientos sean un espacio de encuentro entre los alumnos de diferentes condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, de nacionalidad o de religión.
Se deben prohibir las sanciones que conlleven la perdida de clases de los estudiantes que hayan tenido faltas, excepto de aquellas faltas muy graves que ameriten una expulsión.
ENFOQUE PARTICIPATICO
Las normas o reglas de Convivencia Escolar deben elaborarse y aprobarse bajo la participación de los representantes de todos los estamentos de cada establecimiento. Esta participación le entrega legitimidad a las normas.
Este enfoque no se respeta cuando los Reglamentos de Convivencia no se dan a conocer a toda la comunidad escolar, o no son consultados y aprobados en los Consejos Escolares.
POSIBLE ESTRUCTURA DE UN REGLAMENTO DE CONVIVENCIA
1.       ANTECEDENTES, donde se establezca el objetivo y sentido del Reglamento,  la trayectoria del establecimiento en relación con la Convivencia Escolar y el contexto legal o normativo en que el establecimiento educacional se encuentra.
2.       MARCO DE VALORES SOBRE CONVIVENCIA, donde se identifiquen los sentidos y definiciones de la escuela o liceo definidos en el PEI vinculados con la Convivencia, fundamentos legales y normativas relacionadas al Reglamento de Convivencia
3.       DEBERES Y DERECHOS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR, donde se especifiquen los derechos y deberes de los alumnos, de los padres, madres y apoderados, de los docentes y sostenedores educacionales. Uno de los derechos que no pueden faltar es el derecho a la educación de todos/as los estudiantes y derecho a la no discriminación arbitraria. Por otro lado uno de los deberes fundamentales de todo Reglamento es que los sostenedores deben desarrollar programas especiales y planes de apoyo a la inclusión escolar y de convivencia.
4.       REGULACIONES Y ACUERDOS PARA LA CONVIENCIA, donde se muestren los acuerdos de la comunidad escolar y educativa sobre como esperan que actúen y se vinculen sus miembros, es decir un marco de relaciones para los distintos actores que contenga las conductas esperadas, permitidas y prohibidas.
Se distinguen las normas de funcionamiento y las de interacción: las normas de funcionamiento definen la forma de actuar de la institución escolar en lo cotidiano, por ejemplo el calendario de clases, los horarios de clases, de la libreta de comunicaciones, etc y las normas de interacción regularizan las relaciones entre los diferentes agentes de la comunidad, por ejemplo las sanciones que corresponden a la gravedad de las faltas, etc.
5.       FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS, que la comunidad haya acordado.
6.       PROTOCOLOS DE ACTUACION, por ley se necesita para cada establecimiento educacional protocolos que indiquen cómo actuar frente a situaciones problemáticas que puedan afectar la Convivencia Escolar, como maltrato infantil, abuso sexual, embarazo en estudiantes, accidentes dentro del establecimiento, salidas pedagógicas, etc.
ROLES INSTITUCIONALES EN LA GESTION DEL CLIMA Y LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Implementar la Política Nacional de Convivencia Escolar involucra ámbitos, roles y responsabilidades que se distribuyen en diferentes instituciones del sistema educativo, entregando coherencia en los diferentes niveles y áreas de gestión.


Fuente: Ministerio de Educación “Orientaciones para la revisión de los reglamentos de Convivencia Escolar” (2016)


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